Gestoría (gastos deducibles)Gestoría (gastos deducibles)

¿Es posible deducirse la gasolina del coche de empresa? ¿Los salarios de los empleados son deducibles?. Si tienes una empresa una de las cosas que más te preocupará será controlar y gestionar correctamente los gastos. Pero, además, es fundamental saber qué gastos son deducibles y qué requisitos deben cumplir para serlo. En este artículo te contamos todos los detalles.

Qué gastos me puedo deducir

Para que un gasto de una empresa sea fiscalmente deducible debe cumplir varios requisitos:

  1. Que esté relacionado con la actividad y correlacionado con los ingresos de la empresa.
  2. Que esté justificado mediante un documento válido, factura o ticket, es recomendable que el documento sea nominativo.
  3. Que se encuentre correctamente contabilizado.

Qué gastos no son deducibles

La Ley del impuesto de sociedades no define que gastos son deducibles, si no que matiza que gastos no son deducibles:

  1. Retribución de los fondos propios. Por ejemplo, distribución de dividendos.
  2. La contabilización del impuesto de sociedades.
  3. Las multas, sanciones o recargos.
  4. Las pérdidas del juego.
  5. Los donativos y liberalidades.
  6. Los gastos de actuaciones contrarios al ordenamiento jurídico.
  7. Los gastos derivados de operaciones realizadas con residentes en paraísos fiscales (salvo que se demuestre que están efectivamente realizadas).
  8. Los intereses por deudas con entidades del grupo (salvo que se acrediten por motivos económicos).
  9. Los gastos derivados de la extinción de la relación laboral, cuando superen el millón de euros o el importe establecido en el Estatuto de los Trabajadores.
  10. Las provisiones y amortizaciones que no estén incluidas o excedan los supuestos tasado.

 

Gastos deducibles más frecuentes

Son los siguientes:

  • Salarios. Son los importes que se pagan a los trabajadores como consecuencia de la relación laboral que tiene con la empresa. Se incluyen en este concepto: el sueldo, las pagas extraordinarias, las dietas y los pagos en especie.
  • Cuotas a la Seguridad Social. Es la cotización que se paga a la Seguridad Social por cada empleado y, también la cuota de autónomo societario. También serán deducibles las cuotas que se paguen a mutuas y colegios profesionales.
  • Alquiler. En el caso en que tengas una oficina o local alquilados para tu actividad, te podrás deducir.
  • Servicios de profesionales independientes. Si has contratado a gestores, asesores, abogados, notarios, auditores o procuradores, entre otros, podrás deducirte el gasto.
  • Impuestos. Te podrás deducir también impuestos como el IAE y el IBI, pero no lo que pagues por sanciones o recargos.
  • Gastos bancarios. Son aquellos que te cobre la entidad bancaria con la que trabajes por el mantenimiento de cuentas, las cuotas de tarjetas o los intereses por préstamos, entre otros aspectos.
  • Pólizas de seguros. Los seguros que contrates (por ejemplo, un seguro que cubra el contenido de la oficina) y estén relacionados con tu actividad, también serán deducibles.
  • Transporte. Te podrás deducir los gastos de transporte, siempre y cuando estén relacionados con tu actividad y justificados con una factura.
  • Formación. Si tus trabajadores o tú asistís a un curso de una temática relacionada con la actividad de la empresa, podrás deducirte el gasto.
  • Marketing y publicidad. Si inviertes en campañas de marketing y publicidad de tu empresa, el gasto también será deducible.

En definitiva, es importante cumplir con los requisitos para deducir el gasto puesto que, de lo contrario, en caso de inspección de Hacienda te podrían imponer una sanción. Si necesitas ayuda para gestionar tus gastos de empresa y analizar los que son deducibles para la entidad, contacta con nosotros y te ayudaremos. 

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