Ley de mediacionLey de mediacion

El pasado 3 de enero de 2025, el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la nueva Ley Orgánica 1/2025, una reforma clave para modernizar el sistema judicial español. Su entrada en vigor está prevista para el 3 de abril de 2025, aunque algunas disposiciones ya comenzaron a aplicarse desde el 23 de enero.

Esta normativa tiene como objetivo hacer la justicia más eficiente y accesible, promoviendo la resolución de conflictos a través de vías alternativas para reducir la carga de los tribunales.

Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC)

Uno de los cambios más innovadores de la reforma es la implantación obligatoria de los Medios Alternativos de Solución de Controversias (MASC) o ADR (Alternative Dispute Resolution). Este requisito previo a la interposición de una demanda en materia civil y mercantil busca fomentar soluciones extrajudiciales.

Los MASC incluyen diversos métodos como:

  • Mediación, de la que te hablamos en este post
  • Conciliación.
  • Opinión de experto independiente.
  • Oferta vinculante confidencial.
  • Derecho colaborativo.

El objetivo es evitar la judicialización innecesaria de los conflictos y agilizar su resolución.

Casos en los que no es obligatorio el MASC

Existen excepciones en las que no se requiere acudir a los MASC antes de presentar una demanda, tales como:

  • Procedimientos urgentes (medidas cautelares, diligencias preliminares, tutela sumaria de la posesión, etc.).
  • Materias indisponibles de familia, capacidad de la persona y menores.
  • Juicio cambiario y demanda ejecutiva.
  • Procedimientos penales y concursales.
  • Procesos en los que una de las partes sea una entidad pública.
  • Jurisdicción social, donde ya existía el intento de conciliación previo.

Impacto del MASC en el procedimiento judicial

Acudir a los MASC será un requisito de admisibilidad de la demanda. Si no se acredita el intento de solución extrajudicial, la demanda podrá ser inadmitida.

Efecto en la prescripción y caducidad

  • La solicitud de inicio de un proceso de negociación interrumpe la prescripción y suspende la caducidad de las acciones.
  • Si no hay respuesta o el MASC finaliza sin acuerdo, la demanda deberá interponerse en el plazo de un año. Esto podría generar problemas si los mecanismos de resolución extrajudicial no están bien estructurados.

No obstante, esto plantea incertidumbres, como la aplicación de los MASC en casos donde se interponga una compensación o una reconvención. ¿Se suspendería el procedimiento para acudir al MASC en ese momento? ¿Cómo afectaría al plazo de contestación? El legislador no ha dejado clara una solución.

Confidencialidad y costas procesales

  • Se establece un régimen estricto de confidencialidad: ni el proceso de negociación ni la documentación aportada podrán ser utilizados en el procedimiento judicial.
  • Si una parte rechaza sin justificación acudir a un MASC, podría perder el derecho a la condena en costas a su favor o incluso ser condenada al pago de costas.

¿Solución o traba?

A pesar de sus buenas intenciones, esta reforma genera debate. ¿Los MASC realmente agilizarán la resolución de conflictos o serán un filtro burocrático que retrasará el acceso a la justicia?

Existe el riesgo de que, en lugar de buscar una solución real, los ciudadanos opten por cumplir el trámite de manera formal, sin intención de resolver el conflicto extrajudicialmente.

Habremos de ver cómo se implementa esta reforma en la práctica y cuáles son sus efectos reales en el sistema judicial.

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