Gestoría laboral (reducción de jornada)Gestoría laboral (reducción de jornada)

Un asunto que genera bastantes dudas en el derecho laboral es la reducción de jornada laboral. Te lo aclaramos

Qué es la reducción de jornada

La reducción de jornada es un derecho del que pueden disfrutar los trabajadores recogido en el artículo 37.5 del Estatuto de los Trabajadores. Este derecho puede ser invocado tanto por el trabajador como por el empresario.

Además, debes saber que esta reducción de horas implica una reducción proporcional en el salario.

Quién puede pedir una reducción de jornada

De nuevo, acudimos al Estatuto de los Trabajadores, que indica que podrán acogerse a este derecho todas las personas empleadas.

 

Motivos para pedir reducción de jornada

La razón más común para solicitar una reducción de jornada es para cuidar a alguna persona a cargo.

No obstante, este no es el único motivo. También se puede solicitar por estudios, guardia legal o incluso sin aportar ningún motivo.

Tipos de jornadas reducidas

Se puede hacer una clasificación diferenciada de reducciones de jornada basada en los motivos por los que se solicita.

Reducción de jornada por maternidad y paternidad

Lo primero, y muy importante, es no confundir la reducción de jornada por maternidad y paternidad

con la baja por maternidad y paternidad ni tampoco con el permiso de lactancia. Y es que, aunque los anteriores también implican reducciones de jornada, son conceptos distintos y tienen sus respectivas regulaciones específicas.

La reducción de jornada se refiere al derecho de los padres a disminuir su jornada laboral para cuidar a sus hijos desde finaliza el permiso por lactancia hasta que los menores tengan 12 años.

Reducción de jornada por cuidado

Este supuesto es válido tanto para familiares o personas mayores a cargo. Y es que todos los trabajadores tienen derecho a reducir sus horas de trabajo para encargarse del cuidado de familiares de hasta 2º grado de consanguinidad (es decir, además de padre y madre, el segundo grado incluye a nietos, abuelos y hermanos).

Este derecho es disfrutable durante todo el tiempo que sea necesario, sin un plazo determinado.

Reducción de jornada por estudios

No existe un supuesto de reducción de jornada por estudios puesto que, para aquellas personas que necesiten compaginar trabajo y estudios existe un tipo de contrato específico: el contrato formativo.

Sin embargo, los trabajadores, independientemente de cuál sea su contrato, siempre tienen derecho a ausentarse, cambiar turno o adaptar su jornada laboral para acudir a exámenes. No obstante, este es un permiso justificado, pero no retribuido. Es decir, se aplicarán en el salario las modificaciones correspondientes en dinero, vacaciones y complementos salariales.

Reducción de jornada por guarda legal

Podrá solicitar la reducción de jornada el guarda legal de:

  • Personas con diversidad funcional.
  • Familiares de hasta un 2º grado de consanguinidad que no puedan valerse por sí mismos por cuestiones de accidente o enfermedad.
  • Menores de 18 años hospitalizados por enfermedad grave.   

Reducción de jornada sin motivos

La normativa prevé el derecho a solicitar este derecho sin necesidad de aportar ninguna justificación para hacerlo.

En este caso deberás negociarlo con la empresa, quien deberá evaluar sus necesidades y las posibilidades del trabajador.

 

¿Cómo se pide la reducción de jornada?

Para solicitar la reducción de jornada deberás presentar en la empresa un escrito que lo indique con 15 días de antelación sobre la fecha en que iniciará la jornada reducida.

Para volver a la jornada completa, se deberá hacer lo mismo: indicarlo por escrito a la empresa con 15 días de antelación.

 

¿La empresa está obligada a aceptar la reducción de jornada?

No, la empresa puede negarse a aprobar la reducción de jornada a un trabajador. En ese caso el empleado puede iniciar un proceso judicial para reclamarlo.

 

¿Qué horario tendré en reducción de jornada?

El horario deberás acordarlo con la empresa.

 

¿Cuánto puedo reducir mi jornada?

En general, el mínimo de reducción de horas es un 12% y el máximo es de un 50% de tu jornada.

Por ejemplo, para una persona con una jornada completa de 8 horas diarias, su reducción sería de entre 1 y 4 horas como mínimo y máximo.

Sin embargo, hay excepciones, como el cuidado de menores de 18 años con enfermedades graves, en que el mínimo es del 50% y no hay máximo y puedes reducir tu jornada hasta en un 99,99%.  

 

¿Seguiré cobrando lo mismo si pido una reducción de jornada?

No. Tu salario y también tu cotización serán proporcionales a las horas que trabajes.

 

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden en reducción de jornada?

Tendrás los mismos días de vacaciones que sin solicitar la reducción de jornada. Los que estén definidos en tu contrato laboral o, si no, los que estén indicados en el convenio colectivo que aplique a tu actividad profesional.

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