Si tienes una empresa y detectas problemas de liquidez, recuerda que una situación de insolvencia puede poner en peligro la viabilidad de tu compañía y generar una responsabilidad si no actúas a tiempo. En este post te contamos qué es el preconcurso de acreedores y para qué lo puedes utilizar.
¿Qué es el preconcurso de acreedores?
El preconcurso de acreedores deriva de la regulación de los artículos 583 a 684 de la Ley Concursal y es un procedimiento que tiene como objetivo otorgar a las empresas en situación de insolvencia inminente o actual, un plazo para negociar con sus acreedores y llegar a un acuerdo que evite la declaración formal de concurso.
La idea es ganar algo de tiempo para intentar reestructurar la deuda y encontrar una vía que beneficie tanto a la empresa como a sus acreedores.
El preconcurso consiste en una comunicación al juzgado competente para el concurso de la apertura de negociaciones con los acreedores o de la solicitud de homologación de un plan de reestructuración.
Requisitos del preconcurso
Los requisitos que se deben cumplir para que el deudor pueda solicitar el preconcurso son los siguientes:
- Debe de tratarse de una insolvencia probable, inminente o actual.
- Que no se haya admitido a trámite ninguna solicitud de declaración de concurso necesario.
- En la comunicación al juzgado se debe especificar:
- La razón de dicha comunicación.
- El fundamento de la competencia del juzgado.
- La relación de los acreedores con los que se esté negociación o se vaya a negociar y el importe de cada crédito.
- La actividad que desarrolla la empresa, su activo y su pasivo.
- Los bienes, derechos y contratos necesarios para continuar la actividad.
- La solicitud de nombramiento de un experto en reestructuración.
- La solicitud de carácter reservado de la comunicación.
- Si hay crédito público Si se pretende que la reestructuración afecte a crédito público, la acreditación de estar al corriente de cumplimiento de obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Cómo es el procedimiento del preconcurso de acreedores
Comunicación al juzgado
La empresa debe presentar una comunicación formal al juzgado de lo mercantil con el contenido que hemos visto antes. La comunicación no implica el inicio de un concurso, sino que es un paso previo para comenzar las negociaciones con los acreedores.
Negociación con los acreedores
Durante los tres meses siguientes a que el juzgado tenga por realizada la comunicación, la empresa debe llevar a cabo negociaciones con sus acreedores.
Resultados posibles
Al finalizar el periodo de negociación, pueden darse dos escenarios:
- Acuerdo con los acreedores. En este supuesto el acuerdo deberá ser ratificado por el juzgado. De esta forma se evita la declaración de concurso y la empresa puede continuar con su actividad.
- Falta de acuerdo. En este caso, la empresa debe solicitar la declaración de concurso en el plazo de tres meses desde el final del periodo de negociación.
Por lo tanto, el preconcurso de acreedores es una herramienta con gran valor para las empresas que tienen dificultades financieras. El procedimiento permite a la empresa ganar tiempo, negociar con sus acreedores y, en muchos casos, evitar un concurso de acreedores que supone la liquidación de la compañía.
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