Ya te contamos aquí que cuando una empresa no puede hacer frente a sus deudas está obligada a solicitar un concurso de acreedores y también te hablamos de las ventajas que tiene hacerlo. Ahora, vamos a hablarte de las fases que tiene el procedimiento.
¿Qué fases tiene un concurso de acreedores?
En cuanto a las fases de un concurso de acreedores, éstas vienen definidas en el artículo 508 de la Ley Concursal, y son las mismas 4 para todos los concursos: la fase común, la fase de convenio, la fase de liquidación y, por último, la fase de calificación.
Sin embargo, siempre suele haber una fase previa que consiste en recoger y reunir toda la documentación necesaria para iniciar el procedimiento concursal. Es en este momento en que se prepara una memoria en que se incluyen una declaración de legitimación para poder presentar el concurso, una memoria económica del deudor, la lista de los acreedores ordenado alfabéticamente y un inventario de los bienes y derechos del deudor.
Es esencial contar con la asistencia de un profesional experto en derecho concursal ya desde este momento para asegurarse de que todo el procedimiento se lleva a cabo correctamente.
Fase común
La fase común se inicia con la solicitud de declaración del concurso de acreedores en el juzgado competente. Si la solicitud es admitida a trámite, se publica en el BOE y se da plazo a los acreedores para que presenten de manera justificada la solicitud de cobro de las deudas pendientes de pago.
A continuación, el juez encargado nombrará a un administrador concursal que se encargará de analizar y revisar todos los datos y circunstancias que puedan ser relevantes para tramitar el concurso.
Tras el análisis, el administrador concursal emite un informe, que incluye un inventario de la masa activa, una lista de los acreedores y una valoración económica, y también determina la masa pasiva del deudor, es decir los créditos que existen contra él y los calificará como: con privilegio especial, general, ordinario o subordinado y, en función de esta clasificación los acreedores cobrarán antes o después.
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Fase de convenio
El objetivo de esta fase es que el deudor llegue a un acuerdo con sus acreedores, por eso es el momento en que ambas partes presentan sus propuestas de convenio con el que evitar la liquidación del patrimonio.
El convenio debe contener propuestas de quita o espera o ambas; la quita se refiere a una disminución de la deuda hasta en un 50%, y la espera está relacionada con la concesión de un plazo de pago más largo, que puede ser máximo de cinco años.
Si transcurrido el plazo para presentar propuestas no las hubiera o si las que hubiera no fueran admitidas a trámite, el juez acordará de oficio la apertura de la fase de liquidación.
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Fase de liquidación
Esta fase de liquidación se inicia cuando no se ha conseguido alcanzar ningún acuerdo entre deudor y acreedores en la etapa anterior. Además, esta fase también podrá iniciarse en cualquier momento a petición del deudor, el administrador concursal, o de oficio, ante la imposibilidad de mantener la actividad de la empresa.
En este momento el administrador concursal, nombrado previamente por el juez durante la fase común, sustituye al administrador en sus facultades administrativas y deberá elaborar un plan de liquidación para vender todos lo bienes del deudor, con el objetivo de pagar la máxima cantidad de deuda posible.
Fase de calificación
El concurso de acreedores finaliza con esta última fase.
En esta etapa el juez dictará sentencia después de que la administración concursal y el Ministerio Fiscal hayan elaborado un informe en el que se califica el concurso, y determinará si el concurso ha sido fortuito o culpable.
El concurso culpable se da cuando el concursado ha participado en la generación de su insolvencia o en la agravación de la misma, concurriendo dolo o culpa grave por su parte. La declaración de concurso culpable puede conllevar la imposición de inhabilitaciones, sanciones y el pago de indemnizaciones para el deudor.
En caso contrario, es decir, cuando el concursado no haya participado de su endeudamiento se trataría de un concurso fortuito.
En conclusión, el concurso de acreedores es un procedimiento muy serio que puede implicar sanciones importantes sobre el deudor, por eso es fundamental contar en todo momento con la asistencia de buenos profesionales expertos en derecho concursal.
Si todavía tienes alguna duda de cómo proceder con tu concurso de acreedores, nuestros abogados concursales te resolverán cualquier cuestión.