Inmobiliario (alquilar vivienda de protección oficial)Inmobiliario (alquilar vivienda de protección oficial)

Ya te contamos lo que es la vivienda de protección oficial, pero a modo de recordatorio, la vivienda de protección oficial son viviendas subvencionadas por el Estado que se conceden a ciertos ciudadanos que cumplen con unos requisitos y que por sus circunstancias económicas o sociales no pueden acceder al mercado inmobiliario.

¿Se puede alquilar una vivienda de protección oficial?

Sí. No obstante, hay que cumplir ciertos requisitos para hacerlo.

 

Requisitos para poder alquilar una vivienda de protección oficial

  • La vivienda tiene que haber perdido su protección y ser una vivienda libre.  Para que una vivienda se considere libre tiene que haber transcurrido como mínimo 10 años (este plazo varía de una Comunidad Autónoma a otra y oscila entre los 10 y los 30 años). Si el propietario no espera el tiempo mínimo para que la vivienda sea libre, tendrá que devolver las subvenciones o desgravaciones fiscales de las que en su día se benefició cuando compró la vivienda.
  • En caso de que el propietario no pueda esperar el plazo mínimo tiene la opción de solicitar la extinción de la protección de la vivienda. Esto se denomina descalificación voluntaria. Lo más habitual para solicitarlo es que el propietario tenga que mudarse por cuestiones laborales (traslado empresa) o que no tenga espacio y la vivienda no cumple con sus necesidades. Obteniendo esta descalificación, la vivienda será libre y podrá alquilarse.
  • La vivienda únicamente se puede alquilar a personas físicas, y su uso debe ser el de vivienda habitual. No puede destinarse a uso vacacional u otro distinto al de vivienda.
  • Se deben respetar las limitaciones del precio del alquiler. Para obtener el precio de la renta se debe multiplicar el porcentaje que indique cada Comunidad Autónoma en su regulación, por el precio máximo de venta, lo que dará como resultado la renta máxima anual, que para obtener la renta mensual se tendrá que dividir entre doce meses. Cada comunidad puede imponer otras reglas de cálculo del precio en función de donde se encuentre la vivienda, sus características y el tipo de protección que tenga.
  • El contrato de arrendamiento se debe presentar ante las autoridades para acreditar que se están cumpliendo todos los requisitos.

Es importante recordar que si no se cumplen los requisitos que impone cada Comunidad Autónoma en la regulación de la vivienda de protección oficial, el propietario se enfrenta a multa económicas al considerarse un alquiler ilegal. Por lo que es muy recomendable contar con el asesoramiento de un abogado especialista en el ámbito inmobiliario. Y es que un error en el cálculo del importe del alquiler, o no cumplir con los trámites previos de descalificación y comunicación a la administración, o bien no redactar el contrato de alquiler acorde con la ley tiene un gran impacto en el propietario, y son cuestiones que se pueden evitar si confiamos en un profesional.

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