Divorcios (modificar custodia)Divorcios (modificar custodia)

Las circunstancias personales, familiares y económicas pueden cambiar continuamente. Por eso, a veces una ex pareja necesita modificar el convenio regulador firmado en otro momento anterior estando en una situación diferente y así ajustarlo la nueva realidad y el nuevo contexto familiar que están viviendo. 

La forma de hacerlo está recogida en el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil. Y es que, amabas regulan el llamado procedimiento de modificación de medidas, que es el nombre legal que recibe el proceso por el que se hace algún cambio en el convenio regulador. 

Ambos indican que, para que sea posible tramitar la modificación de medidas, debe producirse un cambio sustancial, es decir, importante, de las circunstancias que justifique el cambio.

Cómo se tramita una modificación de medidas

Igual que el divorcio, el procedimiento de modificación de medidas se puede tramitar por dos vías: el mutuo acuerdo y el contencioso: 

  • El mutuo acuerdo ocurre cuando las partes acuerdan el contenido del nuevo convenio regulador.
  • La vía contenciosa ocurre cuando una parte defienda unos intereses diferentes y contrarios a los de la otra parte. En este último caso, será el juez quien, tras la celebración de un juicio, decidirá si se ha producido un cambio sustancial de las circunstancias y si, por tanto,  procede modificar el convenio. 

Imaginemos, por ejemplo, que Marina y Pedro tienen dos hijos menores de edad y en su proceso de divorcio de mutuo acuerdo, deciden que ambos quieren compartir la guarda y custodia de sus hijos, para dedicarse a su educación, cuidado y protección de forma igualitaria.  

Si pasados los años, Marina acepta una oportunidad laboral en Alemania, esto imposibilitará llevar a cabo la guarda y custodia compartida, porque se ha producido un cambio sustancial de las circunstancias: el cambio de residencia. Esto implica que Marina y Pedro tendrán que firmar un nuevo convenio regulador en el que se establezca que la guarda y custodia de los menores deje de ser compartida y se atribuya exclusivamente a uno de ellos, regulando, además, un régimen de visitas a favor del otro progenitor.

Si estás viviendo un caso similar o, por cualquier otra circunstancia necesitas modificar el convenio regulador que firmaste en su momento, contacta con nosotros y te ayudaremos a que el proceso sea lo más rápido y sencillo para ti. 

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