Inmobiliario (plusvalía municipal)Inmobiliario (plusvalía municipal)

La plusvalía municipal es el denominado Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) que se regula en los artículos 104 y siguientes de la Ley Reguladora de las Haciendas locales, es competencia de los ayuntamientos y grava el aumento de valor de los terrenos urbanos que se pone de manifiesto con una transmisión. En este post te contamos los aspectos más importantes de este impuesto para que sepas en qué consiste y cómo se calcula.

En qué casos se paga la plusvalía municipal

La plusvalía municipal se paga en los siguientes supuestos:

  1. En caso de compraventa o donación de un bien inmueble. En este caso se puede producir un aumento de valor del bien inmueble desde que se adquirió hasta que se transmitió y la plusvalía grava ese aumento.
  2. En caso de una herencia. Por ejemplo, puede que un hijo reciba una vivienda de su padre en herencia y esta haya aumentado de valor respecto a cuando la adquirió el padre.

Cuándo se paga la plusvalía

  • Compraventa o donación de bien inmueble. Se deberá pagar en los 30 días desde la formalización de la operación.
  • Herencia. El plazo es de seis meses desde la fecha de fallecimiento del causante. Este plazo se puede prorrogar por seis meses más si lo solicita el obligado al pago.

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A quién corresponde pagar la plusvalía municipal

El obligado al pago depende de la operación que se realice:

  • En una compraventa el vendedor es quien paga la plusvalía.
  • En una donación el pago corresponde a la persona que recibe el bien donado (donatario).
  • En un herencia, tendrán que pagar la plusvalía los herederos que reciban bienes inmuebles.

Cómo se calcula la plusvalía municipal

Actualmente existen dos formas de calcular la plusvalía:

  1. El método objetivo. En este caso se multiplica el valor catastral del suelo que aparece en el recibo del IBI por una serie de coeficientes que establecen los ayuntamientos y que dependen del número de años que hayan transcurrido desde que se adquirió el inmueble.
  2. El método directo. En este supuesto la plusvalía se calcula en bases a la diferencia entre el valor de adquisición y el valor de venta del terreno.

El contribuyente es quien elegirá la forma de cálculo más beneficiosa para su caso.

Qué ocurre cuando no hay ganancia

En el supuesto en no haya una ganancia porque el precio de transmisión es inferior al de compra, no se tendrá que pagar plusvalía. Sin embargo, el obligado a liquidar la plusvalía deberá aportar los documentos que acrediten la adquisición y la transmisión para probar que no hay ganancia.

Si necesitas asesoramiento para la compraventa de inmuebles y liquidación de la plusvalía municipal contacta con nosotros y te informaremos. 

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