Herencias (renuncia)Herencias (renuncia)

Solemos pensar que recibir una herencia es un regalo, pero, en muchas ocasiones los herederos deciden renunciar debido a diversos motivos, como la necesidad de pagar impuestos. En este artículo te contamos cómo se renuncia a una herencia, cuáles son los motivos más frecuentes y qué ocurre si todos los herederos renuncian.

 

¿Por qué se suele renunciar a las herencias?

Existen diversas razones por las que una persona decide renunciar a una herencia, entre los que podemos destacar los siguientes:

  • La herencia supone un proceso complicado y que requiere tiempo.
  • Las deudas de la herencia son superiores al activo.
  • El heredero no puede hacer frente al pago del impuesto de sucesiones.

¿Cómo se renuncia a una herencia?

Nadie está obligado a recibir una herencia, por lo que se puede renunciar libremente. La renuncia debe hacerse ante notario, puede ser cualquier notario. El heredero solo tendrá que presentar el certificado de defunción y el testamento o la declaración de herederos de la persona fallecida.

No existe un plazo concreto para renunciar a la herencia, pero sí que se debe tener en cuenta que solo se puede proceder a la renuncia o aceptación desde que la persona se convierte en heredero, es decir, cuando fallece el causante.

 

{{cta-blog-post-banner-11}}

Preguntas frecuentes sobre la renuncia a la herencia 

La renuncia a la herencia suscita muchas preguntas y vamos a responder a las más frecuentes para despejar dudas:

¿Qué pasa si todos los herederos renuncian a la herencia?

En este caso hay que diferenciar si hay testamento o no. En el caso de que exista testamento, puede que se haya regulado la sustitución, es decir, que se puede haber establecido quién heredará en el supuesto de que algún heredero renuncie. Si no hay testamento o no se regula la sustitución podría haber otros familiares llamados a heredar; en última instancia, agotada la línea familiar del causante, heredaría el Estado.

¿Qué ocurre si solo renuncia algún heredero?

Si solo renuncia algún heredero, siempre y cuando no opere la sustitución a favor de sus descendientes, su parte se distribuye entre el resto de herederos. Esto es lo que se llama el derecho de acrecer.

¿Se puede renunciar a una parte de la herencia?

No. El Código Civil establece que la aceptación o repudiación de la herencia no podrá hacerse en parte, a plazo ni condicionalmente. Se trata de un acto global en el que debe aceptarse todo o renunciar a todo.

¿Qué alternativas hay a la renuncia si hay deudas en la herencia?

En estos casos es posible aceptar la herencia a beneficio de inventario, es decir, el heredero responderá de las deudas del testador hasta donde alcance el patrimonio de la herencia, no responderá con sus propios bienes. Esta opción únicamente será posible si se formaliza la aceptación durante los primeros seis meses desde la defunción. Transcurrido este plazo, el heredero ya no puede acogerse al beneficio de inventario. Cabe decir que existe una excepción: los menores de edad y los incapaces siempre aceptan a beneficio de inventario.

¿Si renuncio a la herencia puedo echarme atrás después?

No es posible porque la renuncia es irrevocable, es decir, una vez que se firma la renuncia no se pueden reclamar los bienes de la herencia.

¿Cuánto hay que pagar para renunciar a una herencia?

El coste de la tramitación de la renuncia puede variar de unos casos a otros dependiendo de los folios que tenga la escritura ante notario. Aproximadamente suelen ser unos 150€, pero es necesario consultar con el notario.

En definitiva, si te nombran heredero es importante que analices si aceptar o renunciar a la herencia en función de las deudas de esta o de los impuestos que haya que pagar. Si necesitas ayuda contacta con nosotros y nuestro equipo de abogados expertos en sucesiones y analizarán tu caso. 

También te puede interesar…

¿Buscas un abogado?

Déjanos tus datos y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso. La primera consulta es gratis.

Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Tu alta de autónomo en 24h
Autónomos Enley
Registra tu marca en España
Registra tu marca en España
Tu gestoría online desde 90€ al mes
Gestoría online - Enley
Registra tu marca en España y Europa
Patentes y marcas - Enley
Habla con un abogado experto en deudas
Deudas - Enley
Tu testamento notarial por solo 200€
Vende tu propiedad de manera segura
Asegura la compraventa de tus propiedades
Cancela tus deudas por 1990€
Deudas - Enley
Haz ya tu testamento notarial por solo 200€
Tu herencia desde 990€
Compra tu sociedad por solo 1.250€
Gestionamos tu herencia
Tu concurso de acreedores express por solo 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Compra tu sociedad por solo 1.250€
¿Necesitas una sociedad inactiva?
Crea tu empresa por 350€
Divorcio express por solo 150€
Divorcio - Enley
Concurso de acreedores express por 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Empieza tu nueva vida
Divorcio - Enley
Constituye tu sociedad por 350€