Compliance (registro obligatorio)Compliance (registro obligatorio)

En España existe una brecha salarial entre hombres y mujeres que era del 18,7% en 2012 y pasó al 8,7% en 2021, según datos de Funcas. Esto quiere decir que una mujer y un hombre en un mismo puesto de trabajo con las mismas funciones no ganan lo mismo, sino que él recibe un 8,7% más de salario. Para evitar este problema se regularon la igualdad de salario y el registro retributivo obligatorio. En este artículo te contamos qué es, en qué casos es obligatorio y cómo se implementa.

Igualdad en el salario

Todos los empresarios tienen la obligación de pagar lo mismo a personas que realizan un trabajo de igual valor en base al principio de igualdad. Se considera que un trabajo tiene igual valor cuando son equivalentes:

  • Las funciones o tareas que se realizan.
  • La formación del trabajador.
  • Los elementos relacionados con el desempeño del trabajo.
  • Las condiciones laborales de la actividad.

¿Qué es un registro retributivo?

El registro retributivo es un documento en el que se recopila la información del salario de todos los trabajadores (también directivos y altos cargos) de una empresa.

Los valores medios que se deben incluir en el registro retributivo obligatorio son los siguientes:

  1. Salarios base. Es el salario fijo que recibe cada empleado.
  2. Complementos salariales. Se reciben junto al salario y pueden ser, por ejemplo, un plus por peligrosidad o de nocturnidad.
  3. Percepciones extrasalariales. Son, por ejemplo, las dietas por viajes que realice un empleado.

Todos los datos deben estar desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías o puestos de trabajo.

Es importante destacar que el registro no contiene datos personales de los trabajadores y que estos podrán acceder al registro a través de sus representantes legales.

¿Qué empresas están obligadas a tener un registro retributivo?

Todas las empresas, con independencia de su tamaño o del número de trabajadores, están obligadas a tener un registro retributivo, conforme al artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores que establece lo siguiente:

El empresario está obligado a llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.

¿Cuándo entra en vigor el registro retributivo?

La obligación de elaborar el registro retributivo por parte de las empresas ya está en vigor y debe hacerse cada año natural. Comprenderá el periodo del 1 de enero al 31 de diciembre.

Por otro lado, en el caso de empresas que tenga 50 o más trabajadores si el salario de los trabajadores de un sexo supera en más de un 25% el salario de los del otro sexo, la empresa deberá incluir una justificación de esa diferencia en el documento del registro retributivo.

¿Cómo se elabora el registro retributivo?

Cada empresario puede elaborar el documento como estime oportuno siempre y cuando incluya la información que requiere la ley.

Si tienes trabajadores a tu cargo y todavía no has elaborado tu registro retributivo, contacta con nuestros abogados expertos en compliance y cumplimiento normativo y te ayudarán. 

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