Mientras que tú como persona física puedes elegir relacionarte con la administración pública mediante certificado digital, cl@ve pin, DNI digital, de manera presencial, etc. según el procedimiento específico, una empresa tiene la obligación de tener su propio certificado digital.
Así lo establece la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en su artículo 14, y es necesario para que tu Sociedad se comunique así tanto con Hacienda a través de su Sede Electrónica, como con la Seguridad Social y su Sistema RED y demás organismos públicos.
¿Qué es un certificado electrónico de empresa?
El certificado electrónico de empresa es un archivo que vincula a la persona jurídica, a través de su representante, con los datos de verificación de la firma, permitiendo así identificar a la Sociedad ante los organismos públicos.
Al igual que el certificado digital de persona física, se gestionará su obtención a través de La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (FNMT) y se instalará en el navegador, pudiéndose incluso exportar a otros dispositivos.
¿Qué tipo de certificado debo elegir para mi empresa?
A diferencia del certificado de persona jurídica, el de empresa deberá ir a nombre de un administrador de la sociedad, o de alguien que esté expresamente apoderado para ello.
En los primeros casos mencionados, los denominados Certificados de Representante de Administrador único o solidario en la página de la FNMT, el órgano de administración de la sociedad sería un administrador único o solidario. Los cargos deberán estar inscritos en el registro mercantil y se expedirán a nombre de estos representantes.
Por otra parte, tendríamos los Certificados de Representación de Personas Jurídicas, que englobarían el resto de los casos, como cuando el administrador de la sociedad es una persona jurídica, un consejo de administración, administradores mancomunados o el certificado ha de expedirse a nombre de un apoderado en vez de un administrador, entre otros casos.
En estos diversos supuestos los requisitos cambiarán, por lo que te recomendamos ponerte en contacto con nuestros abogados expertos en la materia, si tienes cualquier duda al respecto .
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¿Necesito el certificado digital de persona física para esto?
En la mayoría de casos, y específicamente si eres el administrador único o solidario de tu empresa, sí que es obligatorio el certificado de persona física de la FNMT, o el DNI electrónico. En este enlace te facilitamos un sencillo vídeo, en el que encontrarás un paso a paso para obtener el certificado digital de persona física.
También te explicamos cómo sacar hora previa en Hacienda para la obtención de dicho certificado aquí.
Ten en cuenta que ahora puede obtenerse también el certificado digital de persona física de forma completamente telemática, mediante el llamado Vídeo de Identificación. Para más información te recomendamos echar una ojeada a este enlace de la FNMT.
Nosotros podemos ayudarte a gestionar cualquier tipo de certificado electrónico y ahorrarte las posibles multas que podría conllevar el no realizar determinados procedimientos con el de tu empresa, cuya obtención es obligatoria por disposición legal.