Gestoría (modelo 303)Gestoría (modelo 303)

¿Tienes una empresa o vas a iniciar un negocio? Uno de los principales modelos que tendrás que presentar para liquidar el IVA es el 303. Te contamos en qué consiste, cuándo se presenta y cómo.

¿Qué es el modelo 303?

El modelo 303 es el formulario trimestral de autoliquidación del IVA que deben presentar las empresas y autónomos en España.

Este documento permite a los contribuyentes declarar el IVA repercutido (el que se cobra en las facturas a los clientes) y el IVA soportado (es el que se paga a los proveedores, es decir, los gastos) durante un periodo fiscal determinado.

La diferencia entre el IVA repercutido y el IVA soportado supondrá que el empresario tenga que ingresar el IVA en la Agencia Tributaria o que tenga derecho a una devolución.

¿Para qué sirve el modelo 303?

El principal objetivo del modelo 303 es la gestión y control del IVA por parte de la Agencia Tributaria. Este modelo tiene como metas las funciones:

  • Declarar el IVA cobrado y pagado. Las empresas y autónomos informan a Hacienda sobre el IVA que han repercutido a sus clientes y el que han soportado en sus compras.
  • Liquidar el IVA. En el modelo se establece el importe a pagar o a devolver por Hacienda.
  • Control fiscal. La Agencia Tributaria realizará un seguimiento y control de las operaciones sujetas a IVA para evitar el fraude fiscal.

¿Cuándo hay que presentar el modelo 303?

La presentación del modelo 303 se realiza de forma trimestral por parte de las empresas y los autónomos. Las fechas de presentación son las siguientes:

  • Primer trimestre: del 1 al 20 de abril.
  • Segundo trimestre: del 1 al 20 de julio.
  • Tercer trimestre: del 1 al 20 de octubre.
  • Cuarto trimestre: del 1 al 30 de enero del año siguiente.

Las grandes empresas deben presentar el modelo 303 mensualmente. También pueden hacerlo los autónomos y las pymes de manera opcional.

¿Quién debe presentar el modelo 303?

El modelo 303 debe ser presentado por todas las personas físicas y jurídicas que realicen actividades económicas sujetas a IVA en España. Por lo tanto, deberán presentarlo las siguientes entidades:

  • Empresas. Todas las sociedades mercantiles que realicen operaciones económicas gravadas por el IVA.
  • Autónomos. Profesionales independientes que ofrezcan bienes o servicios sujetos a IVA.
  • Entidades sin ánimo de lucro. Deberán liquidar el modelo si realizan actividades económicas sujetas a IVA.
  • Agricultores y ganaderos. Aquellos que opten por el régimen especial de la agricultura, ganadería y pesca.

Cómo presentar el modelo 303

La presentación del modelo 303 se realiza a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Los pasos que seguir son los siguientes:

  1. Acceso al formulario. Entra en la sede electrónica de la Agencia Tributaria y selecciona el modelo 303.
  2. Cumplimenta los datos. Añade en el formulario la información requerida: tus datos fiscales y el IVA repercutido y soportado.
  3. Revisa y presenta. Revisa los datos y envía la declaración.
  4. Realizar el pago. Si el resultado es a pagar, deberás proceder al pago en plazo. Si el resultado es a devolver, solo podrás solicitar la devolución al finalizar el año en la modalidad de presentación trimestral, y mes a mes en la modalidad mensual.

El modelo 303 es uno de los más importantes para los empresarios. Su correcta presentación y liquidación son esenciales para evitar sanciones y garantizar el cumplimiento fiscal. Si necesitas ayuda contacta con nuestro equipo de fiscalistas expertos para que te asesoren.

También te puede interesar…

¿Buscas un abogado?

Déjanos tus datos y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso. La primera consulta es gratis.

Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Tu alta de autónomo en 24h
Autónomos Enley
Registra tu marca en España
Registra tu marca en España
Tu gestoría online desde 90€ al mes
Gestoría online - Enley
Registra tu marca en España y Europa
Patentes y marcas - Enley
Habla con un abogado experto en deudas
Deudas - Enley
Tu testamento notarial por solo 200€
Vende tu propiedad de manera segura
Asegura la compraventa de tus propiedades
Cancela tus deudas por 1990€
Deudas - Enley
Haz ya tu testamento notarial por solo 200€
Tu herencia desde 990€
Compra tu sociedad por solo 1.250€
Gestionamos tu herencia
Tu concurso de acreedores express por solo 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Compra tu sociedad por solo 1.250€
¿Necesitas una sociedad inactiva?
Crea tu empresa por 350€
Divorcio express por solo 150€
Divorcio - Enley
Concurso de acreedores express por 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Empieza tu nueva vida
Divorcio - Enley
Constituye tu sociedad por 350€