Inmobiliario (defectos de obra)Inmobiliario (defectos de obra)

Si te has comprado una vivienda de obra nueva y aparecen defectos de obra como humedades o grietas, debes conocer la normativa aplicable, y el plazo y la forma de reclamar. En este post te contamos cómo hacerlo.  

¿Qué tipos de defectos de obra existen?

En artículo 19 de la Ley de Ordenación de la Edificación regula tres tipos de defectos de obra o vicios de construcción:  

  • Defectos de acabado. Son defectos de ejecución relativos a elementos de terminación o acabado de la obra. No tienen un efecto sobre la habitabilidad o seguridad de la vivienda y su plazo de reclamación es de un año. Por ejemplo, se trata de casos de arañazos en las puertas, baldosas manchadas o mala terminación de la pintura de la casa.  
  • Defectos relativos a la habitabilidad o seguridad de la vivienda. En este caso la vivienda no cumple con los requisitos funcionales, por ejemplo: no está bien impermeabilizada, o no tiene aislamiento térmico o acústico. Estos defectos se podrán detectar una vez que se viva en la casa por lo que el plazo de reclamación es de tres años.  
  • Defectos estructurales. Son los defectos más graves y afectan a vigas, muros de carga y otros elementos que suponen un riesgo para la estabilidad o resistencia del edificio. En este caso el plazo de reclamación es de 10 años.  

¿A quién se puede reclamar?

La Ley de Ordenación de la Edificación habla de los denominados agentes de la edificación que son el constructor, el promotor, el director de obra, arquitecto o el técnico proyectista, entre otros. En general la ley dice que son agentes de la edificación todas las personas, físicas o jurídicas, que interviene en el proceso de edificación.  

La responsabilidad de cada uno depende del tipo de defecto que se reclame. Como regla general la responsabilidad se distribuirá de la siguiente forma:  

  • Los defectos estructurales se podrán reclamar a todos los agentes de la edificación.  
  • Los defectos relativos a la habitabilidad se reclamarán al promotor.  
  • Los defectos de acabado se reclamarán el constructor

En cualquier caso, debemos recordar que el promotor es responsable solidario en todos los casos.  

¿Cómo se reclaman?  

Lo primero que hay que hacer es solicitar un informe de un perito experto para determinar el alcance del defecto, el tipo de defecto, la posibilidad y la forma de repararlo y el coste. Una vez hecho lo anterior, se podrá enviar una reclamación extrajudicial, al agente o agentes de la edificación que correspondan según el tipo de defecto, para que procedan a la reparación en un plazo determinado o abonen el coste.  

Es importante que la reclamación extrajudicial se prepare por un abogado experto en este tipo de demandas. A continuación, si con la reclamación extrajudicial no se soluciona el tema, es necesario analizar la viabilidad de una reclamación judicial en la que se reclame la reparación del daño o el abono del coste de dicha reparación.  

Si se interpone una demanda judicial es importante saber que se trata de procesos largos y costosos puesto que suelen ser complejos e intervienen numerosos profesionales como: abogados, procuradores, peritos de ambas partes y otros.  

En el caso en que desees reclamar por defectos de obra en tu vivienda, contacta con nosotros para que podamos estudiar la posibilidad de una demanda judicial y analicemos tu caso.

También te puede interesar…

¿Buscas un abogado?

Déjanos tus datos y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso. La primera consulta es gratis.

Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Tu alta de autónomo en 24h
Autónomos Enley
Registra tu marca en España
Registra tu marca en España
Tu gestoría online desde 90€ al mes
Gestoría online - Enley
Registra tu marca en España y Europa
Patentes y marcas - Enley
Habla con un abogado experto en deudas
Deudas - Enley
Tu testamento notarial por solo 200€
Vende tu propiedad de manera segura
Asegura la compraventa de tus propiedades
Cancela tus deudas por 1990€
Deudas - Enley
Haz ya tu testamento notarial por solo 200€
Tu herencia desde 990€
Compra tu sociedad por solo 1.250€
Gestionamos tu herencia
Tu concurso de acreedores express por solo 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Compra tu sociedad por solo 1.250€
¿Necesitas una sociedad inactiva?
Crea tu empresa por 350€
Divorcio express por solo 150€
Divorcio - Enley
Concurso de acreedores express por 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Empieza tu nueva vida
Divorcio - Enley
Constituye tu sociedad por 350€