Herencias (cuarta viudal)Herencias (cuarta viudal)

En el Código Civil catalán se regula una figura específica del derecho de sucesiones de esa región denominada cuarta viudal o legítima viudal. En este artículo te contamos en qué consiste, quién tiene derecho, cómo se calcula y de qué forma se reclama si los herederos no están de acuerdo.

 

Qué es la cuarta viudal

La cuarta viudal es el derecho que tiene el cónyuge viudo o la persona que haya tenido una relación estable de pareja con el fallecido, de exigir a los herederos de su cónyuge un importe equivalente, como máximo, a la cuarta parte de la herencia, siempre y cuando el sobreviviente no tenga recursos suficientes para sus necesidades básicas.

 

Cómo se extingue el derecho a la cuarta viudal

El derecho a la cuarta viudal se extingue en varios casos:

  • Cuando la persona que tiene derecho a él renuncia o fallece antes de ejercer su derecho.
  • Cuando la persona que tiene derecho convive de forma marital con otra persona tras la muerte de su pareja.
  • Cuando transcurren tres años desde la muerte del causante y no se ha ejercido el derecho.
  • Cuando existe una suspensión o privación de la patria potestad del cónyuge viudo sobre los hijos comunes con el fallecido.

 

Requisitos para poder exigir la cuarta viudal

Si una persona quiere exigir la cuarta viudal debe cumplir los siguientes requisitos:

  • Haber sido cónyuge o pareja estable de la persona fallecida. Si existe una separación judicial o una demanda de nulidad matrimonial, no se dará el derecho a la cuarta viudal.
  • No tener recursos económicos suficientes para satisfacer sus necesidades. Para determinar este aspecto se deben considerar el nivel de vida que tenía la persona sobreviviente antes del fallecimiento, su edad y su estado de salud, así como sus ingresos.

{{cta-blog-post-banner-11}}

¿Cómo se calcula la cuarta viudal?

Para calcular la cuarta viudal es necesario valorar los bienes de la herencia y este tema puede ser polémico, por lo que, en muchas ocasiones, se recurre a informes periciales para conocer el valor de forma objetiva y realizar los cálculos para obtener la cuarta viudal.

Los herederos pueden elegir entre pagar la cantidad en dinero o en bienes de la herencia.

 

¿Cómo se reclama?

En el caso en que no haya un acuerdo entre los herederos y el cónyuge viudo en cuanto a la cuarta vidual o a la valoración de los bienes que formen parte de la misma, se deberá reclamar judicialmente. Se deberá dirigir contra los herederos y será necesario probar que se cumplen los requisitos para tener el derecho. La reclamación deberá hacerse en el plazo máximo de tres años desde el fallecimiento del causante.

 

En definitiva, se trata de un derecho regulado en el derecho catalán que es necesario conocer. Si necesitas ayuda con una herencia o un testamento, contacta con nosotros para que analicemos tu caso y te asesoremos.

También te puede interesar…

¿Buscas un abogado?

Déjanos tus datos y uno de nuestros abogados se pondrá en contacto contigo sin ningún compromiso. La primera consulta es gratis.

Hemos recibido correctamente tu consulta. En breve un abogado se pondrá en contacto contigo.
Ups! Algo salió mal al enviar el formulario.

Gestión de Cookies

Personalización
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
Analíticas
Hacer seguimiento del número de visitantes y sus actuaciones.
Uso anónimo de la información para ayudarnos a entender mejor cómo se usa nuestro sitio web, y así poder ofrecer una mejor experiencia al usuario.
Identificar las líneas de negocio que generan un mayor interés entre nuestros usuarios/clientes.
Informar de la no recopilación ni almacenamiento de información e intereses personales a través de este tipo de cookies.
Funcionales (obligatorio)
Cookies de terceros con própositos analíticos.
Mostrar recomendaciones personalizadas basadas en tu navegación en otros sitios.
Mostrar campañas personalizadas en otros sitios web.
CANCELAR
ACEPTAR
Thank you! Your submission has been received!
Oops! Something went wrong while submitting the form.
Utilizamos cookies propias y de terceros para configurar y personalizar nuestra web, optimizar nuestros servicios, así como mostrarte publicidad personalizada basada en tus hábitos de navegación (por ejemplo, páginas visitadas). Puedes aceptar todas las cookies o gestionar tus preferencias en el panel de configuración. Consulta más información en Política de Cookies
Tu alta de autónomo en 24h
Autónomos Enley
Registra tu marca en España
Registra tu marca en España
Tu gestoría online desde 90€ al mes
Gestoría online - Enley
Registra tu marca en España y Europa
Patentes y marcas - Enley
Habla con un abogado experto en deudas
Deudas - Enley
Tu testamento notarial por solo 200€
Vende tu propiedad de manera segura
Asegura la compraventa de tus propiedades
Cancela tus deudas por 1990€
Deudas - Enley
Haz ya tu testamento notarial por solo 200€
Tu herencia desde 990€
Compra tu sociedad por solo 1.250€
Gestionamos tu herencia
Tu concurso de acreedores express por solo 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Compra tu sociedad por solo 1.250€
¿Necesitas una sociedad inactiva?
Crea tu empresa por 350€
Divorcio express por solo 150€
Divorcio - Enley
Concurso de acreedores express por 1.990€
Concurso de acreedores - Enley
Empieza tu nueva vida
Divorcio - Enley
Constituye tu sociedad por 350€