Muchas son las personas que viajan con la intención de emprender un proyecto e iniciar una actividad empresarial en España, y con ello surgen muchas preguntas acerca de cómo se debe llevar a cabo el proceso siendo extranjero. En esta entrada nos centraremos en ser el socio de una sociedad.
En este post, explicamos cuáles eran los requisitos para poder crear tu empresa, los cuales son los mismos para cualquier persona, pero en el caso de los extranjeros requiere un paso previo añadido: la tramitación del NIE.
Tramitación del NIE
Para poder ser socio de una sociedad, un requisito indispensable es poseer un número de Identificación de Extranjero (NIE). El NIE es un documento que otorga un número personal al extranjero, único y exclusivo, para poder identificarlo y para sus intereses económicos, personales o sociales relacionados con España. El proceso para adquirir el NIE varía en función de dónde se encuentre el extranjero y de su condición de comunitario o extracomunitario.
En primer lugar, debemos saber que pueden realizarse los trámites de forma personal o bien, mediante un representante. En caso de que la solicitud del NIE la ejecute un representante, esta representación será válida únicamente si se lleva a cabo mediante un poder notarial.
En segundo lugar, si el extranjero se encuentra en España los trámites los podemos realizar directamente en cualquier Oficina de Extranjería o Dirección General de la Policía. En caso de no encontrarse en España, los trámites deberán realizarse en la Oficina Consular de España en el país dónde se encuentre residiendo el extranjero que pretende obtener el NIE. Otra opción para los extranjeros que no se encuentran en España es realizar un poder notarial en su país para que un representante les presente la solicitud en España, debiendo estar este poder notarial debidamente legalizado o apostillado, y traducido si estuviera en idioma distinto al español.
NIE comunitario
En el caso de los ciudadanos comunitarios, se debe tramitar un certificado de registro de ciudadano de la Unión. Este certificado atribuye un NIE al ciudadano de la UE el cual es permanente y vitalicio, es decir, no tiene fecha de vencimiento.
En caso de que el ciudadano de la UE no sea residente en España, o no quiera residir por más de tres meses, pero requiere el NIE para poder constituir su sociedad, deberá presentar la siguiente documentación:
- Justificante de la cita
- Formulario EX – 15
- Copia del pasaporte o documento nacional de identidad extranjero
- Pago de las tasas del Modelo 790.
- Exposición de motivos para la obtención del NIE. En este caso, será para la constitución de una sociedad. Es recomendable disponer del certificado de denominación negativa, así como de una certificación notarial que contenga la declaración del interesado de la obtención del NIE con motivo de la constitución de una sociedad.
En caso de que la residencia sea superior a tres meses, el interesado deberá presentar la siguiente documentación:
- Justificante de la cita
- Formulario EX – 18
- Copia del pasaporte o documento nacional de identidad extranjero
- Pago de las tasas del Modelo 790.
- Prueba de medios económicos. Esta varia según las circunstancias del interesado, pero si no tienen ninguna actividad laboral en España, es imprescindible contar con un seguro de enfermedad público o privado válido en España, así como unos ingresos anuales suficientes para mantenerse. La cantidad aproximada de referencia es de 6.000 euros.
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NIE extracomunitario
Un extracomunitario debe encontrarse en situación de residencia legal en España, pues no puede obtenerse el NIE estando en situación irregular. Para poder constituir una sociedad siendo extracomunitario, se precisa la siguiente documentación:
- Certificado de antecedentes penales del país de origen, apostillado y traducido
- Certificado de nacimiento, apostillado y traducido
- Copia del Pasaporte completo y visado de duración mínima de cuatro meses
- Prueba de medios económicos
- Modelo EX – 07
- Capacidad de inversión para el proyecto, plan de negocio y de viabilidad del proyecto
- Pago de las Tasas del Modelo 790
En definitiva, cualquier extranjero puede constituir una sociedad previa obtención del correspondiente NIE que le permita ser socio de esta, pero en el caso de los extracomunitarios es necesario presentar la documentación para la obtención del permiso de trabajo por cuenta propia.
Tratándose de una cuestión compleja, trataremos la condición de administrador del extranjero, tanto comunitario como extracomunitario, en otra entrada.
Si después de leer este post aún te quedan dudas, o tienes que obtener un NIE y no sabes cómo, no dudes en contactar con nuestro equipo de abogados y gestores.